martes, 17 de marzo de 2015

Estado, Nación, Estado de Derecho y Estado de bienestar.

1.       Estado, Nación, Estado de Derecho y Estado de bienestar.

Estado es la unidad política superior independiente y soberana. Tienen soberanía interna y externa. Para que un Estado sea reconocido como tal, debe tener unos símbolos característicos como la bandera, el escudo y el himno .Por ejemplo: el Estado Español, que tiene su propia bandera, escudo e himno.
Nación es el conjunto de personas con un mismo origen étnico y generalmente hablan en un mismo idioma, tradición común, religión, historia que los une aunque no sea en el mismo territorio. Por ejemplo la nación española; que aunque no todo el país este unido territorialmente como el caso de las Islas Baleares, tienen el mismo idioma, historia común, etc.
Estado de derecho, es el estado sometido a una ley. Esta ley determina lo que cada institución  debe de hacer, así como poner sus límites. Existen unas leyes que están por encima de todos. Todos por igual estamos sometidos a una misma ley, que rige la sociedad.
Tanto ciudadanos de a pie, como los organismos públicos (presidentes, ministros, jueces, etc.) deben cumplir la ley por igual. Y si la violan deberán responder ante las autoridades judiciales. Por ejemplo: Si un ministro incumple la ley, de la misma manera que cualquier ciudadano deberá responder ante la autoridad del mismo modo.
Estado de bienestar, son las intervenciones realizadas por el estado con fines sociales, para garantizar los derechos de los ciudadanos, con el fin de solucionar las desigualdades del capitalismo. Sus pilares básicos son: sanidad, educación y seguridad social. Algunos de estos derechos fundamentales son: libertad de expresión, de reunión, a la vida privada, etc. Pero básicamente están basados en la libertad del ciudadano.

2.       Derechos humanos, noción, origen y porqué se caracterizan.
Los derechos humanos son aquellas condiciones que posee toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. (Luño, 2005)
Una persona tiene el derecho de ser respetada teniendo una religión distinta a otra en cualquier parte del mundo. Por ejemplo, si una mujer Islámica en España quiere llevar el velo, debe ser respetada en su totalidad.
Su origen data del año 1948 en París, en la Asamblea General de las Naciones Unidas, cuyo fin era que fuera alcanzada por todas las naciones.
Se caracteriza por ser, irrevocables (no pueden ser abolidos), intransferibles ( no se pueden ceder los derechos de una persona a otra) e irrenunciables (nadie tiene el permiso para rechazar sus derechos básicos.

3.       Ciudadanía y modelos de ciudadanía.
La ciudadanía permite el acceso de los derechos políticos, sociales y económicos reconocidos por el Estado al que pertenece.
La ciudadanía liberal es individualista, centrándose en los derechos personales del individuo, busca que el individuo consiga una buena vida, estable. Es decir, su propio modelo de vida.
La ciudadanía republicana tiene un punto de vista común, se centra en los derechos de toda la sociedad. Intentan que se establezca un bien común, para evitar grandes diferencias sociales en el bienestar de los ciudadanos.
La ciudadanía comunitarista, establece una relación entre la persona y la comunidad. Se da por hecho que los ciudadanos gozan por igual de los derechos y que a su vez cumplen sus obligaciones. Todo ello dará lugar a una buena sociedad.

Bibliografía
Luño, A. (2005). Derechos humanos, estado de derecho y constitución.
Webgrafía

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